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🛡️ Reglamentos de Higiene y Seguridad: Tu Empresa Protegida, Tu Equipo Seguro

En Ecuador, la normativa en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) ha evolucionado con fuerza. El Decreto Ejecutivo 255 y el Acuerdo Ministerial MDT-2024-196, junto con sus anexos, establecen un marco legal obligatorio para todas las empresas, sin importar su tamaño.

Toda empresa en Ecuador que cuente con 10 o más trabajadores tiene la obligación legal de elaborar y presentar para aprobación del Ministerio de Trabajo su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad. Esta exigencia está establecida en el Acuerdo Ministerial 196 y sus anexos, los cuales definen con precisión el contenido técnico y legal que debe contener dicho reglamento, se enfoca en la alineación a los procedimientos y la jerarquía de control de riesgos, siguiendo el orden establecido por la normativa: eliminación, sustitución, controles de ingeniería, controles administrativos y el uso de equipos de protección personal (EPP). Esta estructura busca garantizar que las medidas adoptadas prioricen la eliminación del riesgo en su origen y promuevan una cultura de prevención efectiva y sostenible dentro de las organizaciones.

Para las microempresas, esto se traduce en el Plan Mínimo de Prevención, una herramienta esencial para cumplir con la ley, proteger a los trabajadores y evitar sanciones.

📋 ¿Qué exige la normativa?

  • Registro de responsables de SST, Técnico o Monitor de Seguridad e Higiene, Servicio de Salud
  • Elaboración y aprobación de Reglamento de Higiene y Seguridad (Plan Minimo de Prevención para empresas de menos de 10 trabajadores)
  • Designación de un Organismps Paritarios, Comite o Delegado para empresas con menos de 50 trabajadores
  • Capacitación obligatoria según el nivel de riesgo de la actividad económica
  • Registro en la plataforma SUT del Ministerio de Trabajo
  • Entrega de reportes mensuales si se contratan servicios externos
  • Documentación lista para auditorías y fiscalización ministerial

🧩 ¿Qué incluye el Plan Mínimo de Prevención?

Aunque simplificado para microempresas, este plan debe contener:

  • Identificación de riesgos laborales
  • Medidas de control y prevención
  • Procedimientos de emergencia
  • Registro de accidentes y enfermedades
  • Cronograma de capacitaciones
  • Evidencia de cumplimiento legal

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Implementar estos requisitos no es solo una obligación: es una oportunidad para fortalecer tu cultura organizacional. Nuestro equipo te acompaña en cada paso:

  • Elaboramos tu Plan Mínimo de Prevención con enfoque técnico y emocional
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  • Diseñamos capacitaciones adaptadas a tu sector y nivel de riesgo
  • Te entregamos reportes claros, visuales y listos para presentar

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